1. Se reconoce el derecho de reunión pacífica y sin armas. El ejercicio de este derecho no necesitará autorización previa.
2. En los casos de reuniones en lugares de tránsito público y manifestaciones se dará comunicación previa a la autoridad, que solo podrá prohibirlas cuando existan razones fundadas de alteración del orden público, con peligro para personas o bienes"
Ayer sábado, como todas las semanas, el grupo de jóvenes de Cáritas arciprestal de Dos Hermanas nos dispusimos a ir a repartir caldo caliente y bocadillos a las personas sin hogar y sin alimentos.
Como es habitual, nuestra segunda parada es en los aparcamientos aledaños a la discoteca B3, donde hay varias personas de aparcacoches a los que la policía echa cada vez que llegan.
Pero ésta vez fuimos nosotros los "perjudicados", en el sentido de que llegó la policía municipal a echarnos de allí con la razón de que ¡¡¡¡están prohibida las concentraciones de personas en público!!!! Como se trataba de una organización perteneciente a la iglesia católica nos hablaron con muy buenos modos...pero eso no quita el "por favor, disuelvan la reunión porque incitan a otras personas a hacer lo mismo". Pues perfecto, ¿no? Si el sábado que viene hay 80 grupos que llevan bocadillos y caldo para las personas sin hogar, el problema del hambre se solucionaría. Además, las autoridades tienen conocimiento de nuestra labor porque se les comunicó por escrito. ¿Dónde nos dejamos el punto 2 del artículo?
Está claro que, aunque Franco murió hace mucho, su legado sigue incluso en un gobierno llamado socialista.
